12_2011 01_2012 02_2012

El derecho a la cuetna bancaria

Imigracíon

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El derecho a la cuenta bancaria

Vivo en Francia desde hace unos años y no tengo papeles. ¿Puedo abrir una cuenta bancaria o postal?

Enrique S.


Desde el 16 de marzo del año en curso el derecho a la cuenta bancaria (droit au compte) existe para todos sin restricciones.

 

Así lo ha decidido el Tribunal Administrativo de París quien en una Ordonnance (Resolución) de esa fecha -que hace jurisprudencia en el derecho francés- ha dilucidado esta situación imponiendo a los bancos sólo dos condiciones para abrir una cuenta: a) la presentación de un justificativo de domicilio y b) la presentación de un justificativo de identidad con fotografía (un pasaporte, por ejemplo).

Como resultado, toda persona física residente en Francia (de manera legal o de manera ilegal) tiene el derecho de abrir una cuenta en el establecimiento bancario o postal de su elección.

En el caso resuelto por el Tribunal Administrativo de París y que está al origen de la resolución mencionada, se trataba de una señora de nacionalidad de madagascar que había querido abrir una cuenta en La Poste. Ella necesitaba abrir esta cuenta puesto que la CAF (Caisse d'Allocations Familiales) condiciona el pago de las prestaciones familiares al hecho de ser titular de una cuenta bancaria o postal.

La Poste le negaba abrir una cuenta aduciendo que ella no podía presentar al menos una APS (Autorisation Provisoire de Séjour) emitida por la Prefectura. Apoyada por la Asociación "Femmes de la Terre" la interesada se dirigió a la Banque de France para pedir el "droit au compte" (derecho a la cuenta bancaria) instituida por la ley del 29 de julio de 1998 relativa a la lucha contra las exclusiones y el decreto del 17 de enero del 2001.

La Banque de France tampoco aceptó su demanda invocando a su vez la ausencia de un título de residencia válido de su parte. La Asociación mencionada intervino entonces presentando un procedimiento de référé-suspension (recurso de suspensión de urgencia) ante el Tribunal Administrativo de París. El Juez del recurso de urgencia del Tribunal Administrativo de París dio razón a la requeriente (La señora de Madagascar) decidiendo, en nombre del pueblo francés, de la siguiente manera:

-De una parte, la condición de urgencia se cumple puesto que la ausencia de una cuenta bancaria priva a la interesada de percibir las prestaciones familiares y que ella no dispone de ninguna otra fuente de ingreso

-De otra parte, la Banque de France ha fundado su negativa en una condición de regularidad de la residencia en Francia de la interesada, que no está prevista por los textos de ley.

La Banque de France no ha interpuesto recurso de apelación contra este fallo y ha designado, en consecuencia, un establecimiento bancario para que la demandante pueda percibir las prestaciones familiares.

Hay que recordar que hasta la fecha la apertura de una cuenta bancaria o postal por parte de personas extranjeras en situación irregular en Francia era imposible puesto que los bancos exigían, ilegalmente, la presentación de un título de residencia válido en Francia.

La histórica Resolución del 16 de Marzo último impone pues a los bancos franceses a aceptar la apertura de una cuenta bancaria o postal y que esta apertura no esté subordinada a la regularidad de la residencia en Francia del demandador quien podrá, no sólo abrir una cuenta bancaria, sino también utilizarla mediante las operaciones de depósito y de retiro corrientes a cualquier titular de una cuenta bancaria o postal en este país.

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